Encuentra en esta sección toda nuestra oferta completa de líneas de crédito diferenciadas que responden a las necesidades de los empresarios de todos los tamaños y sectores, en pesos y dólares; y de las cuáles podrás hacer uso de forma directa o a través de nuestros aliados financieros nacionales o en el exterior.
Linea De credito 4
Linea De credito 4
Linea De credito 3
Linea De credito 3
Linea De credito 2
Linea De credito 2
Linea De credito 1
Linea De credito 1
Línea Programa Delta Valle del Cauca 2019
Línea Programa Delta Valle del Cauca 2019
16 de Mayo / 2019
- BENEFICIARIOS:
Personas naturales o jurídicas, domiciliadas en el Valle del Cauca que sean beneficiarias del Programa DELTA 2.0 Valle del Cauca, que presenten a la entidad financiera certificación emitida por Bancóldex en la que se indique que son beneficiarias del Programa y han culminado el proceso de identificación de las necesidades de financiación del proyecto.
- DESTINO DE LOS RECURSOS:
Inversiones requeridas para el proyecto de I+D+i. Trámites de propiedad intelectual, estudios de mercado, pruebas de mercado, prototipado, pruebas de concepto, consultoría especializada, capacitación, compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, software, adecuaciones o mejoras de instalaciones, materiales e insumos, y demás activos fijos, costos y gastos operativos vinculados directamente al proyecto de la empresa.
Se excluye la financiación de vehículos que operen con gasolina o diésel.
La empresa deberá presentar al intermediario financiero el plan de inversiones del proyecto.
16 de Mayo / 2019
Línea Mipymes Competitivas Para Escalamiento Productivo 2019
Línea Mipymes Competitivas Para Escalamiento Productivo 2019
16 de Mayo / 2019

- BENEFICIARIOS:
Personas naturales o jurídicas consideradas como micros, pequeñas y medianas empresas de todos los sectores económicos. Se excluyen los rentistas de capital.
Los créditos podrán ser otorgados a los socios o accionistas de las personas jurídicas antes mencionadas cuando los recursos sean destinados a capitalizar la empresa. Posterior al desembolso de los recursos la empresa capitalizada deberá remitir al intermediario financiero, certificación expedida por el revisor fiscal o contador, en la que se acredite la correcta aplicación del crédito.
Igualmente podrán acceder a estos recursos los patrimonios autónomos constituidos por las empresas que cumplan las condiciones antes mencionadas.
- DESTINO DE LOS RECURSOS:
Modernización. Compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, adecuaciones o mejoras de instalaciones y locales comerciales, y demás activos fijos vinculados directamente a la actividad económica de las empresas.
Se excluye la financiación de vehículos que operen con gasolina o diésel.
Desarrollo sostenible, eficiencia energética y energía renovable. Serán financiables las inversiones incluidas en proyectos de disminución en el uso de recursos no renovables, reducción o aprovechamiento de residuos líquidos, sólidos o emisiones atmosféricas, el mejoramiento de la calidad atmosférica.
La optimización del consumo de energía eléctrica o térmica, la implementación de proyectos de uso eficiente de la energía como por ejemplo: iluminación LED, motores de alta eficiencia, refrigeración, acondicionamiento de aire, generación de vapor (calderas), sistemas de medición y control de energéticos, optimización de procesos de combustión, recuperación de calor residual, cogeneración de energía y vehículos híbridos, eléctricos o a gas natural.
También son financiables proyectos de generación de energía eléctrica o térmica a partir de fuentes renovables de energía como biomasa, energía solar, eólica, entre otras.
Se deberá presentar el anexo 1 para las inversiones que apliquen al destino de los recursos descritos en “Desarrollo sostenible, eficiencia energética y energía renovable”.
16 de Mayo / 2019
Línea Especial de Apoyo a la Recuperación Productiva en el Departamento del Chocó
Línea Especial de Apoyo a la Recuperación Productiva en el Departamento del Chocó
16 de Mayo / 2019
El Gobierno Nacional, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, y Bancóldex, buscando brindar herramientas que apoyen a la recuperación de la actividad económica de las empresas del Departamento del Chocó afectadas por las lluvias de los últimos días, han creado una línea especial de crédito con las siguientes condiciones:
- PERIODO DE GRACIA A CAPITAL
Hasta un (1) año.
- PLAZO
Hasta cinco (5) años.
- DESTINO DE LOS RECURSOS:
Capital de trabajo y consolidación de pasivos. Materia prima, insumos, inventarios y demás gastos operativos de funcionamiento. Igualmente, los recursos del crédito también se podrán utilizar para la consolidación o sustitución de los pasivos de la empresa.
Modernización. Compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, vehículos, adecuaciones o mejoras de instalaciones y locales comerciales, y demás activos fijos vinculados a la actividad económica de las empresas.
- MONTO MÁXIMO POR EMPRESA
Para microempresas: Hasta doscientos millones de pesos (COP 200.000.000)
Para pequeñas empresas: Hasta quinientos millones de pesos (COP 500.000.000)
Para medianas y grandes empresas: Hasta ochocientos millones de pesos (COP 800.000.000)
16 de Mayo / 2019
LÍNEA ESPECIAL DE ALIVIO A LAS MIPYMES DE CAUCA Y NARIÑO 2019
LÍNEA ESPECIAL DE ALIVIO A LAS MIPYMES DE CAUCA Y NARIÑO 2019
16 de Mayo / 2019

El Gobierno Nacional, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Comercio Industria y Turismo, y Bancóldex, buscando brindar herramientas que apoyen al sector empresarial de Cauca y Nariño a superar la crisis que ha afectado sus ventas en las últimas semanas, ayudándoles a consolidarse en el mercado, han creado una línea especial de crédito con las siguientes condiciones:
- BENEFICIARIOS:
Personas naturales o jurídicas, empresas de todos los sectores económicos, consideradas como microempresas, pequeñas o medianas empresas que se encuentren domiciliadas en los departamentos de Cauca y Nariño.
Los créditos podrán ser otorgados a los socios o accionistas de las personas jurídicas antes mencionadas cuando los recursos sean destinados a capitalizar la empresa. Posterior al desembolso de los recursos la empresa capitalizada deberá remitir al intermediario financiero, certificación expedida por el revisor fiscal o contador, en la que se acredite la correcta aplicación del crédito.
Igualmente podrán acceder a estos recursos los patrimonios autónomos constituidos por las empresas que cumplan las condiciones antes mencionadas.
- DESTINO DE LOS RECURSOS:
Capital de trabajo y consolidación de pasivos. Materia prima, insumos, inventarios y demás gastos operativos de funcionamiento. Igualmente, los recursos del crédito también se podrán utilizar para la consolidación o sustitución de los pasivos de la empresa.
Modernización. Compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, vehículos, adecuaciones o mejoras de instalaciones y locales comerciales, y demás activos fijos vinculados a la actividad económica de las empresas.
- MONTO MÁXIMO POR EMPRESA
Microempresa: Hasta doscientos millones de pesos por empresa (COP 200.000.000)
PYMES: Hasta mil millones de pesos por empresa (COP 1.000.000.000)
16 de Mayo / 2019
Línea de crédito para Empresas de Víctimas del Conflicto Armado Interno en Colombia
Línea de crédito para Empresas de Víctimas del Conflicto Armado Interno en Colombia
9 de Mayo / 2019
Con el propósito de ofrecer financiación a las empresas de víctimas del conflicto armado interno en Colombia, bien sea personas naturales o jurídicas de las que sean socias las víctimas, a la luz de lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, el artículo 2° de la Ley 1592 de 2012, en concordancia con lo ordenado en el artículo 15 de la Ley 418 de 1997, y demás normas aplicables a la materia1 , Bancóldex y la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a Víctimas, se permiten informar las condiciones del Cupo de crédito que se mencionan a continuación:
- BENEFICIARIOS:
Personas naturales consideradas como micros, pequeñas, medianas y grandes empresas2 de todos los sectores económicos, excepto el agropecuario, que hayan sufrido daño por violaciones a los Derechos Humanos o por infracciones al Derecho Internacional Humanitario según lo contemplado en el artículo 3 de la Ley 1448 de 2011 o las disposiciones del artículo 2° de la Ley 1592 de 2012, en concordancia con lo contemplado en la Ley 418 de 1997, modificada por la Ley 782 de 20023 . También podrán ser beneficiarias las personas jurídicas consideradas como micros, pequeñas, medianas y grandes empresas de todos los sectores económicos, excepto el agropecuario, de las personas naturales consideradas como víctimas del conflicto armado interno, según la normatividad mencionada en el párrafo anterior, siempre y cuando tengan aportes de capital o de industria en las mismas. El reconocimiento de la condición de víctima lo hará la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a Víctimas, a través de una comunicación enviada mediante correo electrónico a Bancóldex en el que conste que el solicitante está incluido en el Registro Único de Víctimas; el cual está conformado por todos los sistemas de información de víctimas bajo los términos de los artículos 154 de la Ley 1448 de 2011 y 24 del Decreto 4800 de 2011 (incorporado en el Decreto 1084 de 2015) o en Sentencias Judiciales en el marco de la Ley 1448 de 2011, Ley 975 de 2012 y la Ley 1592 de 2012. Los intermediarios financieros deberán mantener la documentación con la cual se establezca que la empresa reúne las condiciones para ser beneficiaria de estos recursos.
- DESTINO DE LOS RECURSOS
Capital de trabajo y consolidación de pasivos: Materia prima, insumos, inventarios y demás gastos operativos de funcionamiento. Igualmente, los recursos del crédito también se podrán utilizar para la consolidación o sustitución de los pasivos de la empresa, excepto los pasivos con socios o accionistas.
Modernización: Compra o arrendamiento (leasing) de inmuebles, adquisición o reposición de maquinaria y equipo, vehículos productivos, equipamiento, muebles y enseres, reparaciones locativas, remodelación, reparación y reconstrucción de inmuebles destinados todos a actividades comerciales e industriales. Igualmente, se podrán otorgar créditos para reposición de vehículos productivos siniestrados por la suma no cubierta por el seguro.
- MONTO MÁXIMO POR EMPRESA
Hasta el valor equivalente a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes4 .
- PLAZO
Capital de trabajo y consolidación de pasivos: hasta tres (3) años.
Activos fijos y bienes de capital: compra, reposición de equipo, vehículos, maquinaria y equipamiento, muebles y enseres: hasta cinco (5) años.
Adquisición de inmuebles o reparaciones locativas: hasta diez (10) años.
- PERIODO DE GRACIA A CAPITAL
Capital de trabajo y consolidación de pasivos: hasta un (1) año.
Compra, reposición de equipo, maquinaria y equipamiento, muebles y enseres: hasta dos (2) años.
Reparaciones locativas: hasta dos (2) años.
9 de Mayo / 2019
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