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Línea de crédito A pulso

Tipo de circular:
Circular vigente
Circular No.
003

19 de Feb / 2026

Cupo disponible*
$ 180.000 millones

Con el objetivo de impulsar y apoyar la inclusión crediticia de los micronegocios  de la Economía Popular , el Gobierno Nacional, a través del Grupo Bicentenario, liderado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ha creado una estrategia dentro de la cual pondrá a disposición de esta población líneas de crédito para los sectores agropecuario y no agropecuario, separadamente.

Para el sector no agropecuario, Bancóldex, junto con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el marco de lo establecido en el Decreto 2120 de 2023 – CREO un crédito para conocernos, modificado mediante el Decreto 1396 de 2025 – A PULSO que modificaron el Decreto 1068 de 2015, se permiten publicar la nueva línea de crédito A PULSO en reemplazo de la línea de crédito CREO un crédito para conocernos, con las siguientes condiciones: 

Beneficiarios:

Los beneficiarios de la línea de crédito se encuentran enmarcados en el artículo 2.25.3 del Decreto 1068 de 2015 , modificados por los decretos 2120 de 2023 – CREO un crédito para conocernos y 1396 de 2025 – A PULSO . 

Personas naturales y jurídicas que ejerzan una actividad productiva a través de micronegocios, o a través de  asociaciones, grupos, cooperativas de producción y demás esquemas solidarios compuestos por micronegocios, que se encuentren domiciliadas en Colombia, pertenecientes a todos los sectores de la economía, a excepción de la actividad agropecuaria primaria, esto es, que su actividad se identifique o pertenezca a cualquiera de los códigos CIIU de la sección A de la clasificación DANE de actividad económica revisión 4 y sus modificaciones. El listado de actividades excluidas se encuentra en el anexo 1 de esta circular.

Los beneficiarios de esta línea de crédito, a excepción de los créditos grupales o asociativos, deben cumplir con las siguientes condiciones al momento de otorgamiento del crédito:

 

  1. No haber recibido crédito o tener operaciones de crédito vigentes en los últimos dos (2) años previos a la primera postulación bajo la línea CREO, un crédito para conocernos o A PULSO, con Intermediarios Financieros. Reportadas en las centrales de Información Crediticia Experian o Transunion, lo anterior no aplica para el segundo crédito al que se aplique bajo la presente línea.
    Incluye créditos con bancos, compañías de financiamiento, cooperativas financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera, cooperativas de ahorro y crédito vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, ONGs, fundaciones y SAS especializadas en microcrédito y fintech originadoras de crédito.
  2. Estar clasificados en los grupos A, B, o C del SISBEN IV o presentar ingresos anuales inferiores a 50 SMMLV en el año anterior al de la solicitud de crédito o en los últimos 12 meses calendario. Para beneficiarios con menos de un año de existencia los ingresos deberán anualizarse.  

Adicionalmente, a las condiciones antes mencionadas, quienes vayan a acceder al subcupo 2 dirigido a micronegocios propiedad de mujeres, deberán cumplir la siguiente condición: 

  • Acreditar la condición de mujer validando el sexo que se identifica en la cédula de ciudadanía como Femenino o Registro Civil de Nacimiento en el que aparezca registrada la corrección del componente sexo en el registro del estado civil, cuando aún no se refleje en la cédula de ciudadanía.
  • En el caso de personas jurídicas deberán contar con propiedad de la empresa por parte de mujeres en más del 50%, lo que refrendarán presentando a la entidad financiera certificado de cámara de comercio o en su defecto certificación firmada por Representante Legal.

Los beneficiarios de esta línea de crédito, previo al desembolso o legalización de beneficiarios para el caso de microfinanzas, ingresando a:
https://vinculacion.bancoldex.com/datospersonales/  o mediante el procedimiento que le sea informado por parte de la entidad financiera en la que tramita el crédito deberán certificar que: 

  • Tienen un micronegocio.
  • Los recursos del crédito se utilizarán exclusivamente para ese micronegocio.
  • No han recibido crédito o tienen operaciones de crédito vigentes en los últimos dos (2) años previos a la primera postulación a las líneas CREO, un crédito para conocernos o A PULSO.
  • Estar clasificados en los grupos A, B, o C del SISBEN IV o presentar ingresos anuales inferiores a 50 SMMLV.
  • Autorizan el tratamiento de sus datos personales.

Para créditos grupales o asociativos sólo se autorizará el tratamiento de datos personales.

Destino de los recursos:

Capital de trabajo: Materias primas, insumos, nómina, servicios públicos, arriendos, costos de transporte y demás costos y gastos operativos de funcionamiento, incluyendo la sustitución de pasivos con el sector real.  

Modernización: Compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, adecuaciones o mejoras de instalaciones y locales comerciales, y demás activos fijos vinculados directamente a la actividad productiva de los beneficiarios.  

Monto máximo por operación:

Hasta seis salarios mínimos mensuales legales vigentes (6 SMMLV).

Número máximo de créditos por beneficiario:

Dos (2).

Monto máximo por beneficiario:

Hasta doce salarios mínimos mensuales legales vigentes (12 SMMLV).

Plazo:

Mínimo seis (6) y hasta veinticuatro (24) meses. 

Tipo de circular:
Circular vigente
Circular No.
003

19 de Feb / 2026

Cupo disponible*
$ 180.000 millones
Moneda
Pesos
Destino de los Recursos
Capital de trabajo
Modernización
Cobertura Geográfica
Antioquia
Amazonas
Arauca
Atlántico
Bolívar
Boyacá
Caldas
Caquetá
Casanare
Cauca
Cesar
Chocó
Córdoba
Cundinamarca
Guainía
Huila
La Guajira
Magdalena
Meta
Nariño
Norte de Santander
Putumayo
Quindio
Risaralda
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Santander
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