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Línea de crédito CREO, un crédito para conocernos

Tipo de circular:
Circular vigente
Circular No.
004

20 de Feb / 2025

Cupo disponible*
$ 180.954 millones

Con el objetivo de impulsar y apoyar la inclusión crediticia de los micronegocios de la Economía Popular, el Gobierno Nacional, a través del Grupo Bicentenario, liderado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ha creado una estrategia dentro de la cual pondrá a disposición de esta población líneas de crédito para los sectores agropecuario y no agropecuario, separadamente.

Para el sector no agropecuario, Bancóldex, junto con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el marco de lo establecido en el Decreto 2120 de 2023 - CREO, un crédito para conocernos; han diseñado una línea de crédito con las siguientes condiciones:

Beneficiario:

Los beneficiarios de la línea de crédito se encuentran enmarcados en el artículo 2.25.3 del Decreto 2120 del 11 de Diciembre de 2023.

Personas naturales y jurídicas que ejerzan una actividad productiva a través de micronegocios, que se encuentren domiciliadas en Colombia, pertenecientes a todos los sectores de la economía, a excepción de la actividad agropecuaria primaria, esto es, que su actividad se identifique o pertenezca a cualquiera de los códigos CIIU de la sección A de la clasificación DANE de actividad económica revisión 4 y sus modificaciones. El listado de actividades excluidas se encuentra en el anexo 1 de esta circular.

Las personas beneficiarias de esta línea de crédito deben cumplir con las siguientes condiciones al momento de otorgamiento del crédito:

  1. No haber recibido crédito o tener operaciones de crédito vigentes en los últimos dos (2) años previos a la postulación al Programa CREO, con Proveedores de Crédito. Reportadas en las centrales de Información Crediticia Experian y Transunion, lo anterior no aplica para el segundo crédito al que se aplique bajo la presente línea, siempre y cuando el primer crédito haya sido del programa CREO.
    Incluye créditos con bancos, compañías de financiamiento, cooperativas financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera, cooperativas de ahorro y crédito vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, ONGs, fundaciones y SAS especializadas en microcrédito y fintech originadoras de crédito.
  2. Estar clasificados en los grupos A, B, o C del SISBEN IV o presentar ingresos anuales inferiores a 50 SMMLV en el año anterior al de la solicitud de crédito o en los últimos 12 meses calendario.

Adicionalmente, a las condiciones antes mencionadas, quienes vayan a acceder al subcupo 2 dirigido a micronegocios propiedad de mujeres, deberán cumplir la siguiente condición:

  • Acreditar la condición de mujer validando el sexo que se identifica en la cédula de ciudadanía como Femenino o Registro Civil de Nacimiento en el que aparezca registrada la corrección del componente sexo en el registro del estado civil, cuando aún no se refleje en la cédula de ciudadanía.
  • En el caso de personas jurídicas deberán contar con propiedad de la empresa por parte de mujeres en más del 50%, lo que refrendarán presentando a la entidad financiera certificado de cámara de comercio o en su defecto certificación firmada por Representante Legal.

Los beneficiarios de esta línea de crédito, previo al desembolso o legalización de beneficiarios por parte de los intermediarios financieros, ingresando a
https://vinculacion.bancoldex.com/datospersonales/

Certificarán que:

  • Tienen un micronegocio.
  • Los recursos del crédito se utilizarán exclusivamente para ese micronegocio.
  • No haber recibido crédito o tener operaciones de crédito vigentes en los últimos dos (2) años previos a la postulación al Programa CREO
  • Estar clasificados en los grupos A, B, o C del SISBEN IV o presentar ingresos anuales inferiores a 50 SMMLV en el último año.
  • Autorizan el tratamiento de sus datos personales.

O mediante el procedimiento que le sea informado por parte de la entidad financiera en la que tramita el crédito.

Destino de los recursos:

Capital de trabajo y sustitución de pasivos: Materias primas, insumos, nómina, servicios públicos, arriendos, costos de transporte y demás costos y gastos operativos de funcionamiento, incluyendo la sustitución de pasivos con el sector real.

Modernización: Compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, adecuaciones o mejoras de instalaciones y locales comerciales, y demás activos fijos vinculados directamente a la actividad productiva de los beneficiarios.

Monto máximo por operación:

Hasta dos millones de pesos (COP 2.000.000)

Número de créditos por beneficiario:

Dos (2)

Plazo:

Mínimo seis (6) y hasta doce (12) meses.

*Cupo aproximado, puede variar dependiendo de la demanda de crédito en la fecha de corte.

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Tipo de circular:
Circular vigente
Circular No.
004

20 de Feb / 2025

Cupo disponible*
$ 180.954 millones
Moneda
Pesos
Destino de los Recursos
Capital de trabajo
Modernización
Cobertura Geográfica
Amazonas
California
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