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Línea ICO-Bancoldex para el incentivo a los negocios Colombia-España.

Circular No.: 
02

Moneda:

Tamaño de Empresa:

Destino de los Recursos:

Sector:

Cobertura Geográfica:

Considerando la intención bilateral de afianzar los vínculos comerciales entre el Gobierno de España y el Gobierno de Colombia, en el marco del aumento de la inversión de capital privado Español en Colombia, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (BANCOLDEX) acuerdan la generación de mecanismos de financiación a proyectos de inversión, operaciones de comercio exterior y negocios en general, que involucren empresas españolas con presencia o participación en empresas de Colombia.

Partiendo de este contexto, el convenio BANCOLDEX - ICO pone a disposición de los empresarios con interés español, la primera línea exclusivamente dirigida al fortalecimiento de dichas relaciones en las siguientes condiciones:

 

BENEFICIARIOS

Personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, domiciliadas en España y en Colombia que tengan “interés español”, es decir:

a)    Empresas de Colombia que cuenten con capital Español en al menos 30% del capital total. 
b)    Empresas españolas que realicen inversión en Colombia.
c)    Los proyectos de inversión en Colombia realizados por empresas que cumplan la tipología a o b,  cuya participación en los suministros, obras o servicios del proyecto sea de al menos un 30% del valor total de la inversión. 

En todos los casos, el Representante Legal de la empresa beneficiaria deberá entregar al intermediario financiero los soportes que acrediten la participación española en las empresas o proyectos beneficiarios del crédito.

Los créditos podrán ser otorgados a los socios o accionistas de las actividades productivas cuando los recursos sean destinados a capitalizar la empresa. Posterior al desembolso de los recursos la empresa capitalizada deberá remitir al intermediario financiero, certificación expedida por el revisor fiscal o contador, en la que se acredite la correcta aplicación del crédito.

Igualmente podrán acceder a estos recursos los patrimonios autónomos constituidos por las empresas que cumplan las condiciones antes mencionadas.

 

DESTINO DE LOS RECURSOS

Capital de trabajo: Materia prima, insumos, inventarios y demás gastos operativos de funcionamiento. 

Modernización: Compra o arrendamiento (leasing) de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, adecuaciones o mejoras de instalaciones y locales comerciales, y demás activos fijos vinculados directamente a la actividad económica de las empresas.  
 

PLAZO

Hasta diez (10) años

PERIODO DE GRACIA A CAPITAL

Hasta dos (2) años

Titulo