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Programa de alivio financiero-Economía Naranja

Circular No.: 
028

Moneda:

Tamaño de Empresa:

Sector:

Cobertura Geográfica:

Modalidad de crédito:

Teniendo en cuenta que continúan las condiciones de afectación económica en el sector empresarial, derivadas de la pandemia causada por el Covid – 19 y, con el fin de ampliar el programa de soluciones orientadas a aliviar la situación de liquidez de las empresas, así como ajustar el pago de las obligaciones al flujo de caja de las mismas, Bancóldex ofrece a los beneficiarios de los créditos vigentes desembolsados bajo las modalidades tradicionales de “Capital de Trabajo y Sostenimiento Empresarial”, “Modernización Empresarial” y “Línea de Apoyo al Crecimiento de la Economía Naranja”, así como a las operaciones ya beneficiadas con el programa de alivio financiero (Circular 005 de marzo 20 de 2020) vigente hasta la fecha,  las siguientes alternativas para modificar sobre el saldo insoluto de la obligación en Bancóldex, una o varias de las condiciones financieras , así:

PARA OPERACIONES EN PESOS - COP

  • PLAZO Y FORMA DE PAGO A CAPITAL E INTERESES 

​​- ​Ampliar hasta en 12 meses el plazo actualmente pactado.

- Aplazar una o varias de las cuotas a capital pactadas para los siguientes 12 meses. Al finalizar este periodo, el saldo de capital de la obligación deberá ser amortizado en cuotas mensuales, trimestrales o semestrales iguales durante el plazo restante del crédito.

- Ajustar la periodicidad en el pago de los intereses de acuerdo con el nuevo plan de amortización acordado entre el beneficiario y el intermediario financiero. En su equivalente mes, trimestre o semestre vencido, cuando se trate de tasas con base en el DTF, y mensual o trimestral para las tasas pactadas en IBR

  • TASA DE INTERÉS AL INTERMEDIARIO

Se mantiene la tasa de interés inicialmente pactada.

  • TASA DE INTERÉS AL BENEFICIARIO

No se podrá incrementar la tasa de interés inicialmente acordada entre la empresa beneficiaria y el intermediario financiero.

 

PARA OPERACIONES EN DOLARES

Las modificaciones de las condiciones financieras inicialmente pactadas en las operaciones en dólares deberán ser consultadas previamente y Bancóldex evaluará cada caso para autorizar la modificación solicitada.

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