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LINEA SAN ANDRÉS ADELANTE

Circular No.: 
049

Cupo disponible*:

Moneda:

Tamaño de Empresa:

Destino de los Recursos:

Sector:

Cobertura Geográfica:

Modalidad de crédito:

El Gobierno Nacional, El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Bancóldex, buscando apoyar la recuperación económica de las empresas del Departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, afectadas por el paso del huracán Eta, se permiten informar la publicación de una línea de crédito especial con las siguientes condiciones:

  • DESTINO DE LOS RECURSOS:

Los recursos del crédito deberán dedicarse exclusivamente para usos en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en:

Capital de trabajo: Materias primas, insumos, nómina y demás costos y gastos operativos de funcionamiento en la región. 
Igualmente, los recursos del crédito se podrán utilizar para la sustitución de los pasivos de las empresas, mejorando las condiciones de la financiación.  Se excluyen de esta posibilidad tanto la compra de cartera entre entidades financieras, como la sustitución de los pasivos con socios o accionistas.

Modernización: Las inversiones en activos fijos, incluyendo la operación de leasing, que ayuden a la reactivación de la actividad económica, incluyendo las inversiones tendientes a garantizar la bioseguridad en la operación de la empresa. 
El uso de los recursos deberá certificarse presentando junto con la solicitud del crédito el anexo 1 de esta circular.

  • PERIODO DE GRACIA A CAPITAL:

Bajo el mecanismo de crédito de redescuento:
Mínimo doce (12) y hasta dieciocho (18) meses.

Bajo el mecanismo de crédito directo de microfinanzas:
Hasta doce (12) meses.

  • PLAZO:

Hasta cinco (5) años.

  • MONTO MÁXIMO POR EMPRESA:

Para Microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas: Hasta tres mil millones de pesos (COP 3.000.000.000)

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