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Los fondos de capital se rigen por el Decreto 2555 del 15 de julio de 2010 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Parte 3 Administración y Gestión De Las Carteras Colectivas, Libro 1 Aspectos Generales, Título 1 Ámbito De Aplicación y Principios de las Carteras Colectivas. Este decreto define, en términos generales:

  • Los requerimientos para la constitución y administración de un fondo de capital.
  • Los gastos y comisiones aplicables al fondo de capital.
  • Los órganos que deberá tener el fondo de capital (de administración, de control y de los inversionistas).
  • Los derechos y obligaciones del gestor, de la sociedad administradora y de los inversionistas.
  • Las políticas de inversión.
  • Los gastos y comisiones
  • Los mecanismos de divulgación de información, entre otros.

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